El patrón deberá adoptar las medidas necesarias para la conservación de los historiales médicos individuales previstos en el apartado 3 del artículo 8º del presente Vivo Decreto, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 22 de la Ralea de Prevención de Riesgos Laborales. No contempla ninguna diferenciación en https://ontopicdirectory.com/listings12760577/la-gu%C3%ADa-definitiva-para-salud-y-seguridad-en-el-trabajo-uniminuto